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Lubina (Dicentrarchus labrax)

Especie de mar

Lubina (Dicentrarchus labrax) es una especie de mar. En el catálogo de Sedal consta con registros confirmados en 9 aguas (ríos, embalses y lagos), según órdenes de pesca 2026. Talla o peso mínimo en aguas exteriores: 36 cm en Golfo de Cádiz, 36 cm en Cantábrico y noroeste, 23 cm en Mediterráneo y 22 cm en Canarias.

Dónde consta: ríos, embalses y lagos

Estas son las aguas donde consta, ordenadas por el número de fuentes que la confirman. No se publica ninguna coordenada de capturas.

Agua Tipo Fuentes
Encoro do Eume embalse órdenes de pesca 2026
L'Ebre/Río Ebro Tarragona · Zaragoza · Lleida río órdenes de pesca 2026
Río Eo Lugo · Asturias río órdenes de pesca 2026
Río Landró Lugo río órdenes de pesca 2026
Río Mandeo A Coruña río órdenes de pesca 2026
Río Mijares Teruel · Castellón/Castelló río órdenes de pesca 2026
Río Tambre A Coruña río órdenes de pesca 2026
Río Ulla Pontevedra · A Coruña · Lugo río órdenes de pesca 2026
Riu Belcaire Castellón/Castelló río órdenes de pesca 2026

Presencia confirmada en el catálogo de Sedal (20 de octubre de 2026). Que una especie conste en un agua no quiere decir que se pueda pescar allí: mira la normativa del tramo.

Talla mínima de lubina en el mar

Zona Mínimo Norma
Golfo de Cádiz 44 cm en las divisiones CIEM 8a y 8b 36 cm Real Decreto 560/1995, de 7 de abril, tallas mínimas , Anexo I
Cantábrico y noroeste 44 cm en las divisiones CIEM 8a y 8b 36 cm Real Decreto 560/1995, de 7 de abril, tallas mínimas , Anexo I
Mediterráneo 23 cm Real Decreto 560/1995, de 7 de abril, tallas mínimas , Anexo II
Canarias 22 cm Real Decreto 560/1995, de 7 de abril, tallas mínimas , Anexo III
Cantábrico y noroeste Pesca recreativa, aguas exteriores 42 cm Real Decreto 347/2011, de 11 de marzo, pesca marítima de recreo en aguas exteriores , Art. 4 bis

Tallas de la normativa estatal para aguas exteriores. En aguas interiores las fija cada comunidad autónoma y pueden ser distintas.

Sedal es una app independiente; no está vinculada a ninguna administración pública. La normativa es orientativa: la que vale es la oficial. Resumen informativo: prevalece el texto publicado en el boletín oficial.

Dónde se ha registrado

Registros científicos y oficiales

Zona aproximada: cada agua con registro se ensancha unos 12 km; no son puntos exactos. Fuente: presencias del catálogo de Sedal (GBIF, NABIA del MITECO, la Confederación Hidrográfica del Ebro y las órdenes de pesca 2026). Canarias, en el recuadro.